Resúmenes Anuales 2021
Novedades:
MODELO 190- declaración informativa. retenciones e ingresos a cuenta. rendimientos del trabajo y de actividades económicas
- Calificación de las prestaciones derivadas de los expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs)
Estas prestaciones se califican como rendimiento de trabajo sujetas a gravamen. No están exentas del IRPF.
- Declaración de las cantidades satisfechas en concepto de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTEs).
Se trata de medidas extraordinarias para hacer frente al impacto económico y social del COVID-19 en materia de protección por desempleo.
Las prestaciones satisfechas por un ERTE se deben declarar en el modelo 190, con clave C (desempleo).
- Calificación de la prestación extraordinaria por cese de actividad percibidas por los
autónomos
Al igual que la prestación «ordinaria» por cese de actividad de los autónomos, la prestación extraordinaria por cese de actividad es una prestación del sistema de protección de desempleo; las prestaciones por desempleo se califican como rendimientos de trabajo. (y no como de actividad económica)
Modelo 347
Para hacer posible la inclusión en la Declaración anual de operaciones con terceras personas de operaciones con empresarios o profesionales cuyo NIF IVA comience por XI, pero que no estén incluidas en el protocolo para Irlanda del Norte, se introducen en el modelo 347 las modificaciones necesarias en la codificación del NIF IVA.
Tener en Cuenta:
Fecha de presentación:
Todos los modelos Resumen Anual correspondientes al ejercicio 2021 se presenta en ENERO de 2022, excepto las declaraciones anuales de operaciones Modelos 347/ 415 /416 que se presentarán durante el mes de FEBRERO de 2022.
Validación previa de la identificación fiscal
En Todos los modelos resumen anual se exigirá la VALIDACION PREVIA de identificación de las personas físicas detalladas en los Resúmenes Anuales.
A efectos prácticos y para eliminar preventivamente los errores, el Servicio de Ayuda de identificación fiscal de la AEAT devuelve el nombre y los apellidos tal y como constan en el mismo, evitando este tipo de errores de identificación.
Modelos más usuales y fechas de presentación:
Por la presente adjuntamos a este escrito breve descripción y análisis de los modelos resumen anual de uso más generalizado del ejercicio 2021, a presentar durante el primer trimestre de 2022, con las siguientes fechas límites:
Plazo límite de Presentación | ||||
ENERO 2022 | FEBRERO 2022 | MARZO 2022 | ||
MOD | RESUMEN ANUAL DE RETENCIONES | |||
180 | de Arrendamiento de Bº Inmuebles | 31 | ||
190 | de Rentas del IRPF | 31 | ||
193 | de Rentas del Capital | 31 | ||
MOD | DECLARACION INFORMATIVA | |||
165 | Entidades de nueva creación: CERTIFICACIONES DE SOCIOS | 31 | ||
182 | Entidades perceptoras de donativos | 31 | ||
184 | Entidades en Régimen de Atribución de Rentas | 31 | ||
233 | Guarderías y Centros de Educación infantil Autorizados | 31 | ||
346 | Actividades Agrícolas, Ganaderas y Forestales: Subvenciones, Indemnizaciones o Ayudas | 31 | ||
720 | Declaración de bienes situados en el Extranjero | de 1 de enero a 31 de marzo | ||
MOD | DECLARACION RESUMEN ANUAL | |||
390 | Resumen Anual del IVA | 31 | ||
425 | Resumen Anual del IGIC | 31 | ||
MOD | DECLARACION ANUAL DE OPERACIONES | |||
347 | Declaración de Operaciones | 28 | ||
415 | Declaración de Operaciones del IGIC | 28 | ||
416 | Declaración de Operaciones del IGIC (art. 25 L19/1994) | 28 |
Más información:
Agencia Tributaria:
Gobierno de Canarias: