EXTENSIÓN A Entidades y Personas físicas requeridas
ASUNTO: Obligaciones de transparencia en las entidades privadas
ASUNTO: Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la información pública y buen gobierno

Ley 12/2014, de 26 de diciembre, de transparencia y de acceso a la información pública (Canarias).

 

Las disposiciones del capítulo II del título I de la Ley estatal y canaria de Transparencia y Buen gobierno (o sea, las relativas a publicidad activa) son también aplicables a entidades privadas.

 

ENTIDADES PRIVADAS OBLIGADAS

  1. a) Los partidos políticos, organizaciones sindicales y organizaciones empresariales.
  2. b) Las entidades privadas que perciban durante el período de un año ayudas o subvenciones públicas en una cuantía superior a 100.000 euros (60.000 euros en caso de entidades de Canarias) o cuando al menos el 40 % del total de sus ingresos anuales tengan carácter de ayuda o subvención pública, siempre que alcancen como mínimo la cantidad de 5.000 euros.

 

PRINCIPIOS GENERALES

La información sujeta a las obligaciones de transparencia será publicada en las correspondientes sedes electrónicas o páginas web y de una manera clara, estructurada y entendible para los interesados.

Toda la información será comprensible, de acceso fácil y gratuito

 

INFORMACION a SUMINISTRAR

Las obligaciones dimanantes de este precepto han sido moduladas por el Consejo estatal de Transparencia y Buen Gobierno, en su Criterio Interpretativo C/003/2015, que señala la siguiente información a suministrar:

Información Institucional:

  • Funciones que desarrolla, la normativa que les sea de aplicación, así como a su estructura organizativa.

Información Económica, presupuestaria y estadística:

  • Todos los contratos y convenios con Administraciones Publicas, con indicación del objeto, duración, el importe de la licitación y de adjudicación, el procedimiento utilizado, así como las modificaciones del contrato o convenio.
  • Las subvenciones y ayudas públicas recibidas con indicación de su importe, objetivo o finalidad y beneficiarios.
  • Las cuentas anuales que deban rendirse y los informes de auditoría de cuentas y de fiscalización por parte de los órganos de control externo que sobre ellos se emitan.