Circular 19/2020 * Extensión del plazo para la presentación e ingreso de declaraciones tributarias periódicas (1t / 2020)
EXTENSIÓN | A Empresas |
ASUNTO: | Extensión del plazo para la presentación e ingreso de declaraciones tributarias periódicas (1t / 2020). Crisis del Covid-19 |
NORMATIVA | Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril |
El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto-ley que permite prolongar el plazo de presentación de declaraciones y autoliquidaciones de impuestos para pymes y autónomos. (volumen de operaciones en 2019 inferior a 600.000 euros) La norma establece que estos colectivos no tendrán que presentar estos pagos tributarios en abril, como es habitual, sino que extiende el plazo un mes hasta el 20 de mayo para mitigar el impacto económico provocado por la crisis del COVID-19.
Sujetos pasivos excluidos
Esta medida opera EXCLUSIVAMENTE para contribuyentes con un volumen de operaciones de hasta 600.000 euros en 2019.
Por tanto, los contribuyentes con un volumen de operaciones superior a 600.000 euros en 2019 deberán presentar sus declaraciones periódicas en los plazos generales de presentación.
Modelos con nuevo plazo voluntario
MOD 202 – 1ºPago fraccionado del Imp. Sociedades
MOD 130 / 131 – 1ºT/2020 – Pago fraccionado del IRPF
MOD 303 – IVA 1ºt/2020 – Declaración trimestral
MOD 111 / 123 / 115 – 1ºt /2020 Retenciones. Declaración trimestral
- Nuevo plazo de presentación: 20 de mayo de 2020
- Plazo límite para presentación con domiciliación: 15 de mayo de 2020