EXTENSIÓN

A Empresarios y profesionales

ASUNTO:

Normativa de Facturación Electrónica y Obligaciones para Empresarios y Profesionales

NORMATIVA

Orden HAC/1177/2024, por la que se desarrollan las especificaciones técnicas, funcionales y de contenido de los sistemas de facturación electrónica

Esta Orden tiene por objeto establecer los requisitos que deben cumplir los sistemas y programas utilizados en los procesos de facturación en concordancia con la normativa regulada en Real Decreto 1007/2023.

 A continuación, se detallan los puntos más relevantes de la nueva normativa de facturación electrónica y las obligaciones que deben observar conforme a esta

 

Normativa Aplicable

    • Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria: Artículo 29.2.j).
    • Real Decreto 1007/2023, de 5 de diciembre: Reglamento que establece los requisitos para los sistemas y programas informáticos de facturación.
    • Orden Ministerial HAC/1177/2024, de 17 de octubre: Especificaciones técnicas, funcionales y de contenido de los sistemas de facturación electrónica.

Alcance de la Normativa

    • Obligación de Uso de Software Certificado: Los sistemas y programas informáticos utilizados para la gestión, contabilidad y facturación deben garantizar la integridad, conservación, accesibilidad, legibilidad, trazabilidad e inalterabilidad de los registros.
    • Facturación Electrónica B2B: Las facturas emitidas entre empresarios deben enviarse en formato electrónico.

Obligaciones Específicas

    • Adaptación de Programas Existentes: Los programas actuales deben adaptarse a los nuevos requisitos legales.
    • Prohibición de Uso de Excel o Word: No se permite el uso de estos formatos para la facturación, ya que no garantizan la inalterabilidad de los datos.
    • Certificación de Software: Los vendedores deben proporcionar una declaración responsable que certifique que el software cumple con las especificaciones técnicas y funcionales.

Opciones Disponibles

    • Solución Pública de la AEAT: La Administración Tributaria ofrece una aplicación gratuita que cumple con todos los requisitos.
    • Sistema VERI*FACTU: Permite la remisión voluntaria de registros de facturación a la AEAT, eliminando la necesidad de firma electrónica de los registros.

Sanciones por Incumplimiento

    • Fabricación y Comercialización de Software No Certificado: Multa de 150,000€ por ejercicio económico y por cada tipo de software.
    • Uso de Software No Certificado: Multa de 50,000€ por ejercicio económico.

Plazos de Entrada en Vigor

    • La Orden Ministerial entra en vigor el 29 de octubre de 2024.
    • Adaptación de sistemas informáticos requerida para julio de 2025