Circular 21/2020 * Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019.
EXTENSIÓN | A Empresas y particulares |
ASUNTO: | Medidas de apoyo al sector cultural y de carácter tributario para hacer frente al impacto económico y social del COVID-2019. |
NORMATIVA | Real Decreto-ley 17/2020, de 5 de mayo |
El RDL aprobado hoy además de otras medidas para apoyar a empresas y trabajadores del sector cultural, contiene medidas fiscales o, al menos, con incidencia en la fiscalidad, que resumimos a continuación:
El ámbito temporal de las modificaciones en el IRPF se referirá al año 2020 y en el Impuesto sobre Sociedades, a los ejercicios que finalicen con posterioridad al 7 de mayo.
Modificación de la deducción por inversiones en producciones cinematográficas y series audiovisuales
En el caso de producciones españolas, se establecen numerosas modificaciones, entre otras las siguientes:
Se amplía la posibilidad de deducir por las inversiones en cortometrajes cinematográficos que antes no se contemplaba
Se incrementan los porcentajes de deducción del 25 al 30% (en Canarias pasa del 45% al 50%) por el primer millón de base de deducción, y del 20 al 25% (en Canarias pasa de 40% al 45%) para el exceso.
Aumenta el límite absoluto de la deducción de 3 a 10 millones de euros
El límite especial que ya existía para directores noveles, que era del 70%, se incrementa hasta el 80%, y también aumenta el límite máximo de la producción, que pasa de 1 a 1,5 millones de euros
Deducción por donativos en el IRPF y en el IRNR
Se modifican los porcentajes de deducción por donativos, donaciones y aportaciones a entidades beneficiarias del mecenazgo, conforme al cuadro siguiente:
También se incrementa el porcentaje aplicable a los donativos recurrentes por el importe que exceda de 150 euros, que pasa del 35 al 40%.
Modelo 030. Censo de obligados tributarios-Declaración censal de alta, cambio de domicilio y/o de variación de datos personales.
La AEAT ha establecido un procedimiento extraordinario para la presentación del modelo 030 por personas físicas, de manera no presencial, durante el estado de alarma.