EXTENSIÓN A sociedades
ASUNTO: Modelo 232 – Declaración informativa de Operaciones Vinculadas
NORMATIVA Orden HFP/816/2017, de 28 de agosto,

En las operaciones vinculadas hay que tener en cuenta los aspectos contables, fiscales y económico-financieros, por lo que se deben conocer los diferentes supuestos de hecho a los cuales se les aplica la normativa referente a las operaciones vinculadas.

 Obligados a presentar el modelo

 Contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes con establecimiento permanente, en relación con las operaciones sujetas a información.

Operaciones que Informar

Se informará del volumen, naturaleza y tipología de las operaciones realizadas con personas vinculadas previstas en la normativa:

  1.  Operaciones de las que resulte de aplicación la reducción de las rentas procedentes de determinados activos intangibles (Patent Box).
  2. Operaciones y situaciones con países o territorios considerados como paraísos fiscales.
  3. Operaciones con personas o entidades vinculadas. En Particular:
  • Operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada cuando el importe de la contraprestación del conjunto de operaciones en el periodo impositivo supere los 250.000 euros, según el valor de mercado.
  • Operaciones específicas realizadas con personas o entidades vinculadas, siempre que el importe conjunto de cada uno de este tipo de operaciones supere los 100.000 euros: Operaciones con contribuyentes en módulos, de transmisión de negocios, de participaciones, de inmuebles o activos intangibles.
  • Con independencia del importe, operaciones realizadas con la misma persona o entidad vinculada, siempre que el importe del conjunto supere el 50% de la cifra de negocios de la entidad.

 

No será obligatorio informar respecto de las operaciones realizadas entre entidades que se integren en un mismo grupo de consolidación fiscal

Plazo de presentación.

La declaración correspondiente al ejercicio 2018 se presentará entre el 1 y 30 de noviembre de 2019

Más información en https://www.oscargutierrezasociados.com/modelo-232/