El pasado 3 de marzo Agencia Tributaria Canaria publica la Resolución de 19 de febrero de 2021, de la Secretaria General, por la que se da publicidad al Plan de Acción Anual de la Agencia Tributaria Canaria para el ejercicio 2021.

El Plan de Acción Anual incluye los recursos disponibles, el plan de objetivos y los criterios que informan el plan de control tributario.

El Plan también incluye un apartado específico dedicado al plan de acción anual de los tributos del bloque de financiación canario, así como los criterios generales de las actividades formativas del personal de la Agencia y los indicadores para el seguimiento y evaluación de los resultados del propio Plan.

Objetivos y actuaciones específicos en relación con los tributos del bloque de financiación canario.

En relación con la tributación de las operaciones interiores en el IGIC:
  • Impulso de la creación de las Unidades de Módulos.
  • Implantación y seguimiento de la plataforma conjunta con la AEAT para la llevanza de los libros del IGIC a través del SII.
  • Coordinación de actuaciones con la AEAT en materia de módulos a efectos del régimen especial simplificado del IGIC.

 

Por lo que se refiere al control extensivo, se desarrollará en base a los siguientes criterios:
  • Control de cumplimiento de presentación de declaraciones periódicas, tras cada periodo de liquidación.
  • Mejora de las comprobaciones que se despliegan sobre las solicitudes de devoluciones presentadas, aumentando la eficacia de los filtros empleados, con utilización de las nuevas herramientas de detección del fraude de que se ha dotado la Agencia Tributaria Canaria.
  • Realización de controles referidos a la obligación de presentar las declaraciones anuales informativas, modelos 425, 415 y 416, mediante campañas de comunicación masiva.
  • Reforzamiento del análisis individualizado de las devoluciones del Registro de Devolución Mensual, con la información proveniente del Suministro Inmediato de Información (SII)
  • Control del resultado de las declaraciones, especialmente las que hayan tenido resultado de compensación, con el que se trate de evitar las comprobaciones correspondientes a una solicitud de devolución.
  • Explotación de los cruces masivos de información derivada del modelo 415 y de los distintos intercambios de información con la AEAT con la finalidad de detectar las irregularidades más relevantes, iniciando los procedimientos que correspondan.
  • Control de la actividad de alojamiento vacacional mediante el cruce de información que se derive del Modelo 179 (Declaración informativa trimestral de la cesión de uso de viviendas con fines turísticos).
  • Comprobación del cumplimiento de los requisitos que se exigen a los Depósitos REF para su utilización como régimen suspensivo de los tributos a la importación, incluyendo controles físicos de los recintos con ayuda de la Policía Canaria; y en general, comprobación de los bienes vinculados a regímenes especiales de importación.
  • Control de la importación de los productos gravados con los tipos de gravamen más elevados en concepto de AIEM o IGIC y de aquellos otros que han visto modificada su tributación en los últimos años y presentan indicios de posible fraude.

 

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