ASUNTO: Modelo 600 – Autoliquidación del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados
NORMATIVA Orden, 9 jun 2006, de la Consejería de Economía y Hacienda, por la que se aprueba el Modelo 600
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El Modelo 600 es un formulario de la Agencia Tributaria que sirve para presentar el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados (ITPAJD) en las diversas modalidades del tributo.

 

OPERACIONES QUE GRAVA

 

El modelo 600 es el documento para efectuar la autoliquidación de tres tipos de operaciones:

Las operaciones societarias que se autoliquidan en el modelo 600 tienen que ver fundamentalmente con los actos de financiación de una empresa, como pueden ser la ampliación de capital de una sociedad mercantil, la constitución o disolución de una sociedad o las aportaciones que efectúen los socios que no supongan un aumento de capital.

Las transmisiones patrimoniales onerosas

Las transmisiones patrimoniales onerosas más habituales suelen ser la compraventa de bienes inmuebles, el alquiler de la vivienda, un préstamo a un familiar, la compraventa de un vehículo de segunda mano o una concesión administrativa.

 

Los actos jurídicos documentados sujetos al ITPAJD

Los actos jurídicos documentados son aquellos en los que se grava la formalización y que se registran en los documentos notariales, los documentos mercantiles y los documentos administrativos.

 

Las operaciones societarias

Las operaciones societarias que se autoliquidan en el modelo 600 tienen que ver fundamentalmente con los actos de financiación de una empresa, como pueden ser la ampliación de capital de una sociedad mercantil, la constitución o disolución de una sociedad o las aportaciones que efectúen los socios que no supongan un aumento de capital.

 

LA GESTIÓN DEL IMPUESTO

 

La gestión del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados está cedida por parte del Estado a las Comunidades Autónomas y tanto los modelos existentes como las normativas pueden variar según los casos. Asimismo, hay que destacar que el modelo 600 ha de utilizarse siempre y cuando no exista un modelo específico para autoliquidar la operación que corresponda.

Así, por ejemplo, cuando se realice el pago en metálico del tributo por la emisión de documentos que reemplacen a las letras de cambio o cumplan las funciones de giro, se ha de presentar el modelo 610 o 615, en función de lo que corresponda. Para el caso de los vehículos de segunda mano, los modelos a cumplimentar pueden ser el 620, el 627 o el 629, según corresponda. Cuando tiene lugar el pago en metálico del exceso de letras de cambio por encima de los 192.232,87 euros, el impreso que hay que cumplimentar y presentar es el modelo 630.

 

LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACION

 

El modelo 600 debidamente cumplimentado se puede presentar en la delegación de Hacienda / Agencia Tributaria Canaria correspondiente, de forma telemática o presencial, en la que habrá que solicitar con anterioridad una cita previa.

En Canarias es obligatoria la presentación telemática cuando el sujeto pasivo es una persona jurídica o el presentador es un colaborador social en la aplicación de los tributos.

El plazo máximo para realizar la autoliquidación del impuesto es de un mes desde el momento en el que tenga lugar el hecho o el contrato que motiva la propia autoliquidación.