MODELO 418 – Autoliquidación Individual Régimen Especial del Grupo de Entidades IGIC
EXTENSIÓN | Sujetos pasivos del IGIC – Régimen Especial de Grupos de Empresas (IGIC) | |
ASUNTO: | Autoliquidación Individual Régimen Especial del Grupo de Entidades IGIC | |
NORMATIVA | Resolución de 6 de marzo de 2019, de la Directora, por la que se modifica el modelo 418 de Régimen Especial del Grupo de Entidades del Impuesto General Indirecto Canario. |
Sujetos Obligados.
El Modelo 418, será utilizado para presentar autoliquidaciones por cada una de las entidades, dominante y dependientes, incluso en los períodos en los que no se hayan realizado operaciones sujetas y no exentas del IGIC, que apliquen el Régimen Especial del Grupo de Entidades, a efectos del IGIC,
Forma y plazo de presentación.
Se deberá presentar obligatoriamente por vía telemática, para lo cual se requiere contar con un certificado electrónico reconocido por la Agencia Tributaria Canaria y conectar con la Sede de Electrónica de la Agencia, durante el mes natural siguiente al correspondiente período de liquidación mensual.