EXTENSIÓN A entidades de nueva o reciente creación
ASUNTO: Obligación  de presentar declaración informativa de certificaciones individuales emitidas a los socios o partícipes de entidades de nueva o reciente creación. MODELO 165
NORMATIVA Orden HAP/2455/2013, de 27 de diciembre

 

NOVEDADES EJ. 2023

Se crea un nuevo campo que identifique a los declarantes que tengan la consideración de «Empresa emergente», según lo establecido en el apartado 1 del artículo 3 de la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de fomento del ecosistema de las empresas emergentes.

OBJETO DE LA DECLARACIÓN

Estarán obligados a presentar el modelo 165, aquellas entidades de nueva o reciente creación a que se refiere el artículo 68.1 de la Ley IRPF, cuando hubieran expedido las certificaciones a socios o partícipes que indique el cumplimiento de los requisitos para poder aplicar la deducción por inversión en entidades de nueva o reciente creación, realizados en el año natural

En la declaración informativa se detalla el NIF, Apellidos y nombre, importe de la adquisición de la participación, fecha de adquisición y porcentaje de participación, de cada participe.

FORMA DE PRESENTACIÓN. Por vía telemática

PERIODO DE PRESENTACIÓN: Durante el mes de enero.

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