LOS 35 DE GRANADA

 

Este pasado viernes, treinta y cinco Catedráticos de Derecho Tributario han publicado su ‘Declaración de Granada’ en la que arremeten contra las formas y maneras de la administración y los estamentos tributarios.  Destaca por su crudeza  varios de los comentarios como que el ‘Legislador ha convertido al contribuyente en una especie de administrador vicario’ y que se ha ‘pervertido radicalmente el principio de colaboración del contribuyente’ o la aparición de ‘discriminaciones por razón de la residencia’, hasta el punto de que podría hablarse de una cierta ‘cantonalización tributaria’ o de la imparable quiebra de los principios de solidaridad y de justicia financiera.

 

Pero hete aquí que muchos de los aspectos relacionados no son, ni mucho menos, de actualidad. Hace cinco o diez años ya se producían con habitualidad muchos de los comportamientos y consecuencias e incluso, se ha producido ciertas mejoras, en temas puntuales, pero de gran calado, como la publicación anual de las listas de morosos, la atribución fiscal de los rendimientos aparecidos en los ‘papeles’ de paraísos fiscales, o el mayor rechazo social de los comportamientos de elusión fiscal. Hoy seria impensable un proceso de amnistía fiscal como el de 2012.

 

Entonces, que hace aparecer ahora este informe tan absolutamente demoledor. Es un ataque furibundo, berrido colectivo, de un grupo de catedráticos ninguneados, hinchados de testosterona contra los macho-alfa de los estamentos. Yo no lo creo. Sin grandes y estruendosos cambios normativos o administrativos, de forma constante, he constatado que, bajo mi punto de vista de asesor fiscal, se ha degradado las relaciones de la Administración tributaria con el contribuyente, tanto en el fondo, como en las formas, en la comunicación y la atención al contribuyente.

 

En los expedientes de inspección ha desaparecido el fair play, esas normas no escritas de colaboración que se aplican con el objetivo de reconstruir, entre el contribuyente y la inspección, las rentas y elementos tributarios. Ahora la inspección, en la mayoría de los casos, nace viciada del objetivo de aflorar cuotas. Al iniciarse el procedimiento este contribuyente y sus circunstancias le corresponde, preventivamente, una cuota determinada, y a partir de ahí, toda la información obtenida o suministrada a la inspección que reduzca o elimine esas expectativas de recaudación será ninguneada o desacreditada.

 

En los expedientes sancionadores, la administración sigue sin interiorizar los criterios jurisdiccionales. Básicamente no nos tienen el mínimo de respeto como contribuyentes. Primero, porque los expedientes se resuelven con sanciones objetivas. Si el contribuyente comunica un dato y se equivoca de casilla, no debería existir sanción… pero le sanciona. Además, las alegaciones del contribuyente son mayoritariamente desoídas si no es capaz de probar que cometió un simple error. Algo así como una prueba diabólica.

 

Y en la comunicación, la Administración Tributaria se ha bunquerizado. Casi nadie te recibe sin un protocolo de cita previa. Cerradas las campañas del IRPF no queda casi nadie que atienda, con criterio, en un teléfono o un email. Por el contrario, las misivas, las comunicaciones, los requerimientos telemáticos de la Agencia son constantes y los plazos, los plazos son los que son. Y punto y sanción.

 

Por tanto, bravo por los 35 de Granada. A veces no basta con denunciar. Hay también que reiterar lo obvio.

 

 

ALEJANDRO GUTIERREZ LEON // ECONOMISTA-AUDITOR