EXTENSIÓN A personas físicas
ASUNTO: Abono anticipado de la deducción por maternidad del IRPF
NORMATIVA Orden HAC/177/2020

 

Esta Orden aprueba el modelo 140, de solicitud del abono anticipado de la deducción por maternidad del IRPF y regula la comunicación de variaciones que afecten al derecho a su abono anticipado.

PRESENTACIÓN

Podrá efectuarse por vía electrónica a través de Internet, por teléfono o en papel preimpreso obtenido la Sede electrónica de la AEAT

NOVEDADES.

No tendrán que comunicarse las variaciones por el fallecimiento o la baja en la Seguridad Social o Mutualidad del beneficiario al abono anticipado de la deducción.

En el supuesto de existencia de varios contribuyentes con derecho a la aplicación de la deducción por maternidad respecto del mismo acogido, menor cuya guarda ha sido delegada para la convivencia preadoptiva o tutelado, su importe se prorrateará entre ellos por partes iguales, teniendo que presentar las solicitudes de abono anticipado de forma simultánea.

Disposición Derogatoria

Queda derogada la anterior Orden EHA/394/2011, de 21 de febrero.

 

MÁS INFORMACIÓN: https://oscargutierrezasociados.com/modelo-140/