Circular 7/2023 * Aplicación temporal del tipo cero en el IGIC a la importación y entrega de determinados bienes destinados a la actividad ganadera
EXTENSIÓN | A ganaderos (Canarias) |
ASUNTO: | Aplicación temporal del tipo cero en el IGIC a la importación y entrega de determinados bienes destinados a la actividad ganadera |
NORMATIVA | D.F. 7ª Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2023 |
Novedad:
Con efectos hasta el día 31 de diciembre de 2023, se aplicará el tipo cero del IGIC a las adquisiciones o importaciones que se destinen a ganaderos inscritos en el Registro de Explotaciones Ganaderas de Canarias de los siguientes bienes para la alimentación de ganadería porcina, bovina, ovina, caprina, avícola, apícola y la cunicultura: