EXTENSIÓN A empresas y particulares
ASUNTO: Modificación de MOD 720 – declaración de bienes en el extranjero
NORMATIVA  Ley 5/2022, de 9 de marzo, por la que se modifican la Ley Imp Soc, IRPF e IRNR

En el BOE, se publica la Ley 5/2022, de 9 de marzo, por la que se modifican la Ley 27/2014, de 27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades, y el texto refundido de la Ley del Impuesto sobre la Renta de no Residentes, aprobado mediante Real Decreto Legislativo 5/2004, de 5 de marzo, en relación con las asimetrías híbridas.

 

MODELO 720 – MODIFICACIONES

 

Entre las modificaciones que contiene esta norma, se ha incorporado la modificación del régimen jurídico asociado a la obligación de declarar bienes y derechos situados en el extranjero (modelo 720) para adecuarlo al Derecho Comunitario, tras la sentencia del TJUE de 27 de enero de 2022, as. C788-19.

Dicha modificación consiste en lo siguiente:

  • Se suprime el apartado 2 del artículo 39 de la LIRPF, eliminando así la imputación como ganancia patrimonial no justificada del valor de los bienes aflorados en el extranjero -imprescriptibilidad de rentas no declaradas-.
  • En la misma línea que lo anterior, se suprime el anterior apartado 6 del artículo 121 de la LIS.
  • Se derogan las disposiciones adicionales primera -régimen sancionador en supuestos de ganancias patrimoniales no justificadas y presunción de obtención de rentas- y segunda de la Ley 7/2012 -imputación de ganancia de patrimonio no justificadas y de rentas presuntas-.

Se modifica la disposición adicional decimoctava de la LGT para suprimir el régimen de infracciones y sanciones asociado al incumplimiento de la obligación de información.