EXTENSIÓN A las entidades que reciben donaciones con derecho a su deducción por el aportante
ASUNTO: Obligación de presentar la Declaración informativa de donativos, donaciones y aportaciones recibidas MODELO 182.
NORMATIVA Orden EHA/3021/2007

Deberán presentar la presente declaración informativa las entidades perceptoras de donativos, donaciones y aportaciones que den derecho a deducción por el I.R.P.F., por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes o por el Impuesto sobre Sociedades cuando éstas hayan expedido certificación acreditativa del donativo, donación o aportación.

FORmulario de PRESENTACIÓN

El formulario se presenta exclusivamente por Tramitación electrónica

Sistema de identificación:  DNI electrónico, Certificado electrónico, Otros, Clave PIN

 

Objeto y contenido de la información.

Se hará constar además de los datos de identificación de la entidad perceptora de los donativos recibidos durante cada año natural, los siguientes datos referidos a los donantes y aportantes:

  1. Nombre y apellidos.
  2. Número de identificación fiscal.
  3. Importe del donativo.

En el caso de entidades inscritas en el régimen especial de entidades sin ánimo de lucro se hará constar el valor de lo donado o aportado, cuando se trate de donativos en especie; e información sobre las revocaciones de donativos, que hayan producido en el año natural.

 

Plazo de presentación.

Durante el mes de enero.

 

Más información.

https://www.oscargutierrezasociados.com/modelo-182/