EXTENSIÓN

sujetos pasivos del IVA

ASUNTO:

Primera aplicación de la autoliquidación rectificativa de IVA

NORMATIVA

Orden HAC/819/2024, de 30 de julio

SINOPSIS. notas a la 1º aplicación de esta modalidad de autoliquidación

Como le indicamos en nuestra CIRCULAR 17/2024, la nueva figura de la autoliquidación rectificativa en el IVA estará ya disponible a partir de octubre, de acuerdo con lo previsto en la Orden HAC/819/2024, de 30 de julio:

Para sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual: en el modelo 303 del período de septiembre de 2024, a presentar en octubre y siguientes.
Para sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral: en el modelo 303 del tercer trimestre de 2024 a presentar en octubre y siguientes.
Puede encontrar más información en los siguientes enlaces:

 

Agencia Tributaria: Modelo 303. IVA. Autoliquidación

Preguntas frecuentes y Vídeos explicativos