Circular 20 /2024 – Primera aplicación de la autoliquidación rectificativa de IVA
EXTENSIÓN |
A sujetos pasivos del IVA |
ASUNTO: |
Primera aplicación de la autoliquidación rectificativa de IVA
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NORMATIVA |
SINOPSIS. notas a la 1º aplicación de esta modalidad de autoliquidación
Como le indicamos en nuestra CIRCULAR 17/2024, la nueva figura de la autoliquidación rectificativa en el IVA estará ya disponible a partir de octubre, de acuerdo con lo previsto en la Orden HAC/819/2024, de 30 de julio:
Para sujetos pasivos con periodo de liquidación mensual: en el modelo 303 del período de septiembre de 2024, a presentar en octubre y siguientes.
Para sujetos pasivos con periodo de liquidación trimestral: en el modelo 303 del tercer trimestre de 2024 a presentar en octubre y siguientes.
Puede encontrar más información en los siguientes enlaces: