Circular 18/2019 * Declaración de Gasóleo profesional (MODELO 435)
EXTENSIÓN | A agricultores, ganaderos y transportistas (Canarias) |
ASUNTO: | Declaración de Gasóleo profesional (MODELO 435) |
NORMATIVA | Orden de 2 de diciembre de 2008 |
Estimado cliente, los empresarios que se encuentren de alta en la Declaración de Gasóleo profesional (MODELO 435) están obligados a actualizar periódicamente sus datos censales en los siguientes casos y periodos:
Tipo de variación | Plazo de comunicación |
Modificaciones que afecte a datos identificativos del beneficiario o su representante. | plazo un mes. |
Modificaciones que afecten al resto de datos del censo. | Antes de la finalización del período de devolución mensual corriente. |
Declaración anual de taxistas para señalar el promedio de conductores. | Mes de enero siguiente al año natural a que se refiera. |
Más información en: https://www.oscargutierrezasociados.com/modelo-435/