EXTENSIÓN A Entidades
ASUNTO: Orden que aprueba los modelos de declaración del Impuesto sobre Sociedades 2023
NORMATIVA Orden HAC/495/2024, de 21 de mayo,

Esta Orden aprueba los modelos de Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes y sus documentos de ingreso o devolución, para los períodos impositivos iniciados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2023.

Plazo de presentación de los modelos 200 y 220 y pago de las deudas tributarias mediante domiciliación bancaria

 

Para entidades cuyo periodo impositivo coincida con el año natural, hasta el 25 de julio de 2024 (plazo de domiciliación hasta el 20 de julio de 2024), modelos 200 y 220, y para el resto de las entidades, en los 25 días naturales siguientes a los seis meses posteriores al fin del periodo impositivo.

Novedades en el Impuesto sobre Sociedades 2023

 

– Dentro de las novedades introducidas por la Ley 31/2022, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2023, destaca el nuevo tipo de gravamen del 23% aplicable a las entidades cuyo importe neto de la cifra de negocios en el período impositivo anterior hubiera sido inferior a 1 millón de euros.

– La LPGE 2023 incorpora también otro incentivo fiscal de amortización acelerada para determinados vehículos eléctricos multiplicando por 2 el coeficiente máximo de amortización previsto en las tablas y que el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, extiende su aplicación a las instalaciones de recarga de vehículos eléctricos.

– Se introduce igualmente por Ley de Presupuestos 2023 un régimen fiscal especial para las Illes Balears que presenta grandes similitudes con algunos de los incentivos fiscal reconocidos en el régimen fiscal especial de las Islas Canarias.

– El Real Decreto-ley 18/2022, de 18 de octubre, ha introducido un incentivo de libertad de amortización para las inversiones que utilicen energía procedente de fuentes renovables cuya entrada en funcionamiento se haya producido en 2023.

– Por su parte, la Ley 28/2022, de 21 de diciembre, de empresas emergentes, introduce importantes incentivos fiscales para los contribuyentes que tengan tal consideración, tales como la tributación al tipo reducido del 15% en el primer período impositivo en el que la base imponible sea positiva y en los tres siguientes; el aplazamiento del pago de la deuda por Impuesto sobre Sociedades durante los dos primeros períodos impositivos en los que la base imponible sea positiva o la exención de la obligación de efectuar pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades a cuenta del período impositivo inmediato posterior a aquel en el que se haya obtenido por primera vez una base imponible positiva y en el posterior.

 

Novedades en los modelos de declaración 2023

 

Modelo 202. Pagos fraccionados

– Consecuencia de la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado para 2023, se produce una reducción del tipo impositivo para aquellas entidades que tengan un importe de la cifra de negocios inferior a un millón de euros en el período impositivo anterior, lo que implica la adición al modelo 202 de una marca que identifique a las entidades en esta situación.

 

Modelo 200. Declaración

– Libertad de amortización en inversiones que utilicen energías procedentes de fuentes renovables: la corrección al resultado contable deberá consignarse en las casillas 00310 (disminución) y 00309 (aumentos) de la página 12 del modelo 200.

– Tipo del 15 % para empresas emergentes.

– Tipo de gravamen reducido del 23% para entidades con importe neto de la cifra de negocios menor de 1.000.000 €.

– Amortización acelerada de determinados vehículos.

– Nuevo Régimen fiscal especial de las Illes Balears: La reserva para inversiones en las Illes Balears se informará en el nuevo cuadro de la página 22 bis del modelo 200 mientras que las correcciones al resultado contable derivadas de esta reserva deberán consignarse en las nuevas casillas 00813 (disminución) y 00778 (aumentos) de la página 12 del modelo 200.

– Entidades ZEC: con efectos para los períodos impositivos que se inicien a partir de 1 de enero de 2023, modifica el régimen especial de la Zona Especial Canaria (ZEC).

– Gravamen temporal energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito: se crean las nuevas casillas 00093 y 02971 en el apartado de correcciones al resultado de la página 12 del modelo 200.

– Base imponible negativa pendiente de integración en periodos siguientes en Grupos de consolidación fiscal: nueva casilla 814 de la página 13 del modelo 200.

– Identificación del titular real de la entidad: nuevo apartado «F. Identificación del titular real de la entidad» de la página 2 bis del modelo 200.

– Domiciliación bancaria: se permite que se utilice la domiciliación bancaria en los casos en los que la cuenta designada por el obligado al pago para efectuar el adeudo de la domiciliación se encontrase abierta en una entidad que no ostente la condición de colaboradora en la gestión recaudatoria estatal, siempre que dicha entidad se encuentre dentro de la Zona Única de Pagos en euros (en adelante, Zona SEPA).

– Amortización acelerada relacionado con las inversiones en nuevas infraestructuras de recarga de vehículos eléctricos: corrección al resultado contable deberá consignarse en las nuevas casillas 00776 (disminución) y 00775 (aumentos) de la página 12 del modelo 200.

 

 

TRAMITES en la web AEAT

 

Destaca la consulta a datos fiscales del impuesto sobre sociedades 2023, así como la versión Simulador de Sociedades web 2023, también denominada versión “OPEN”. El Simulador es una versión de Sociedades Web diferente de la que se utiliza para presentar el Modelo 200 y es accesible sin certificado electrónico. Acceso a trámites destacados.