EXTENSIÓN Sujetos pasivos del IGIC
ASUNTO MODIFICACION del Decreto de Gestión del IGIC.
NORMATIVA DECRETO 111/2018, de 30 de julio, que modifica el Decreto 268/2011, de 4 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de gestión de los tributos derivados del Régimen Económico y Fiscal de Canarias.

El aspecto más significativo de la modificación del DECRETO DE GESTION del IGIC es la implantación, a partir del día 1 de enero de 2019, del Suministro inmediato de información en el Impuesto General Indirecto Canario (SII – IGIC).

Los empresarios o profesionales que van a quedar obligados al nuevo sistema serán aquellos que tengan un periodo de liquidación mensual, tengan o no obligación de presentar autoliquidaciones periódicas. El resto, podrá optar por el nuevo sistema, a través de la declaración censal (modelo 400).

La inclusión en el SII va a permitir exonerar de las obligaciones de presentar:

  • La declaración sobre las operaciones con terceras personas (modelo 415).
  • La declaración informativa de las operaciones incluidas en los libros registro del IGIC (modelo 340).
  • La declaración informativa sobre las operaciones interiores exentas del IGIC por aplicación de lo dispuesto en el artículo 25 de la Ley 19/1994 (modelo 416).
  • La declaración resumen del IGIC (modelo 425).

De interés:

Guia del SII – IGIC:

http://www.gobiernodecanarias.org/tributos/portal/estatico/asistencia_contribuyente/pdf/Presentacion_SII_V1.pdf

Información Técnica SII – IGIC:

http://www.gobiernodecanarias.org/tributos/portal/jsf/publico/asistenciaContribuyente/sii/tecnica.jsp